Pedro Flores

  • Pedro Flores ha publicado una actualización hace 7 años, 11 meses

    Violencia de género o doméstica
    A la hora de tratar este tipo de delitos es preciso diferenciar entre violencia de género y violencia doméstica, el primer caso se refiere a la violencia que se ejerce sobre la mujer por el hecho de ser mujer, en cambio la violencia doméstica es la que se ejerce sobre cualquier miembro de una familia.
    Pueden diferenciarse tres tipos de violencia de género que son la violencia física en la que la mujer es víctima de malos tratos como golpes o patadas causados por su agresor, la violencia de género psicológica que se refiere al ataque del hombre en forma de insultos o amenazas, y la violencia sexual en la que el hombre usa la amenaza para tener relaciones no deseadas por la mujer.
    En ese sentido se ha introducido también el término de la libertad vigilada para los casos en los que haya existido violencia de un hombre sobre una mujer, la cual consiste en el sometimiento del condenado a control judicial a través de determinados cumplimientos como llevar un aparato electrónico y localizable.
    Con la última reforma del Código Penal también se han modificado los criterios a la hora de imponer las penas a los agresores y autores de los actos. La imposición de penas de multa solo se aplicará cuando esté acreditado que entre el agresor y la víctima no existen relaciones económicas derivadas de una relación conyugal, convivencia o afiliación.
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    Fuente: http://www.abogadopenalgranada.com/