Pedro Flores

  • Pedro Flores ha publicado una actualización hace 7 años, 6 meses

    Residentes comunitarios
    Nuestros abogados son expertos en todas aquellas cuestiones relacionadas con el Derecho de Extranjería y sabemos que es lo que necesita un ciudadano extranjero para vivir de forma regular en nuestro país.
    Aquellos ciudadanos de un estado de la Unión Europea, incluyendo Liechtenstein, Islandia, Noruega y Suiza, que quieran vivir en nuestro país por más de tres meses deberán solicitar la inscripción correspondiente en el Registro Central de Extranjeros.
    Al solicitar este documento y conseguirlo estos ciudadanos tendrán derecho a residir en España, siempre y cuando cumplan unos determinados requisitos como el hecho de trabajar en este país.
    Asimismo estas personas deben tener la sanidad asegurada por si les ocurriera algo mientras estén residiendo aquí.
    También pueden gozar de estos derechos, además de los llamados residentes comunitarios, los estudiantes extranjeros que estén matriculados en un centro o universidad española y que tengan seguro médico, recursos para vivir y también las personas que sean familia de un ciudadano de la UE.
    ¿Qué familiares pueden beneficiarse de estos derechos? El cónyuge o la pareja, descendientes directos y los padres. Si estos familiares se quedaran en el país cinco años tendrán derecho a solicitar la tarjeta de residencia permanente de un familiar ciudadano de la Unión Europea.
    A partir del año 2012 este certificado, que es una hoja verde, va dirigido a los ciudadanos que deseen vivir aquí. El llamado certificado de residencia comunitaria (NIE) no se renueva ni caduca, solamente se modifica en casos de pérdida o robo, o si se cambia de estado civil o de dirección.
    Si desea información sobre esta cuestión o sobre que debe hacer como extranjero si lleva intención de instalarse y quedarse durante un largo periodo en este país, le recomendamos que contacte con un equipo de abogados expertos como nosotros y le ayudaremos en todos estos trámites. Recuerde que trabajamos en Barcelona, llámenos.

    Fuente: http://www.xn--abogadoextranjerabarcelona-toc.com/