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José María Izarra Cantero 

“¡No seas mentecato, hombre!” fue la primera frase que pronunció después de que su cliente se mostrara remiso a interponer el recurso correlativo. “Lo tenemos ganado. Hay jurisprudencia al respecto”, razonó aquel letrado seguidamente. Aun así, el cliente, mohíno, rezongó: “Sin esa prueba, no hay nada que hacer.” A lo cual el letrado, tirando de galones, repuso: “¿Quién es aquí el abogado? ¿No querías litigar porque no te valía que te adoptase? ¡Pues déjame hacer! Créeme, es la única forma”. El cliente muequeó, incrédulo. “¿Y qué vas a esgrimir ahora?”, preguntó. “Básicamente, el mismo argumentario, incidiendo en la premura con la que el demandado habrá de someterse a la prueba requerida, y en que la negativa de este, de acuerdo con la doctrina, deberá entenderse favorable a nuestra pretensión…” “Así que —interrumpió el cliente, rascándose la cabeza— ¿pronto voy a poder llamarte papá con todas las de la ley?”

 

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