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Ana Solla Campos 

Durante el presente juicio, como recoge el sumario, ha quedado constancia de que mi cliente es titular de una cuenta de correo electrónico que se vio colapsada por la entrada de correo no deseado, como sucede habitualmente en esta era digital en la que vivimos. Lo que se juzga aquí es si la decisión de mi cliente de reenviar dicho correo a sus mismos remitentes mutiplicado por mil, es constitutiva de delito, dadas las desastrosas consecuencias del acto.
No se cuestiona ni se baraja la idea de la justicia o moralidad de la acción, sólo si constituye delito o no.Ustedes decidirán , pero tengan en cuenta como atenuantes la edad, inexperiencia y desconocimiento de estas tecnologías que tiene mi cliente de 92 años, recien iniciado en ese mundo. Su futuro está en sus manos.
Y así acabo su discurso el abogado defensor, ante la mirada miope del defendido.

 

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